lunes, 3 de agosto de 2015

Leyes ¿solo para los estatales?



En el resumen semanal de noticias de Cubavisión Internacional pudo verse este fin de semana un reportaje sobre los beneficios sociales que brinda la ley cubana a las mujeres durante su embarazo, con fuertes garantías a la lactancia materna en los primeros seis meses del infante. 

Todo muy bien hasta que la entrevistada – la funcionaria del Ministerio de Salud Pública Ana Lidia Triana – indicó que en el sector “no estatal” las cosas son diferentes, las mujeres no pueden ausentarse tanto tiempo de su puesto de trabajo – o sea, tienen que trabajar más – y abogó por que se busquen las vías para garantizar que las madres puedan amamantar a sus hijos, al menos durante los primeros 6 meses de vida.

Sin entrar a analizar las conocidas diferencias en el nivel de responsabilidad y trabajo entre el sector estatal y el no estatal, llama la atención que se ha vuelto común en la población pensar que las leyes que se aprueban sólo son aplicables para el sector estatal… en el otro, hay que encontrar variantes.
Todo parece indicar que con el florecimiento de los negocios privados – donde ya trabaja más de medio millón de personas y sigue creciendo, según los datos oficiales – para muchos de los nuevos dueños el cumplimiento de la ley sólo se limita a las empresas estatales, mientras que en las privadas impera el principio de que “en mi territorio mando yo”. Como si las leyes las hubieran inventado los Estados socialistas para las cuestiones estatales.

Y estamos hablando de garantías de beneficio social a la fuerza laboral que – gústele a quien le guste y pésele a quien le pese – han sido garantizados por los estados socialistas y de bienestar social, los cuales en el caso de Cuba han costado mucha sangre y fuertes luchas a través de su historia: la jornada laboral de 8 horas; el descanso diario, semanal y vacaciones anuales pagadas; la no discriminación en los puestos de trabajo por una serie de razones establecidas en la ley; la igualdad en el salario, sin consideraciones discriminatorias; beneficios al embarazo y las limitaciones físicas; la prohibición al trabajo infantil, etc., etc., etc.

Por citar un par de ejemplos, hace unos meses una agencia no cubana hizo un reportaje sobre las desventajas que ha tenido la fuerza laboral femenina en este nuevo despertar de los negocios privados. Quiere decir que los hombres son los más empleados en las nuevas formas de administración empresarial y las mujeres, por las justificaciones que conocemos, quedan relegadas.
O que, tras la entrada en vigor en junio de 2014 de un Código de Trabajo reformado – en el que, entre otras cosas, se incluye a la orientación sexual como motivo de discriminación rechazado por la ley por primera vez en la historia del país –, continúan los rechazos a personas homosexuales y trans en puestos de trabajo – o en el mejor de los casos tienen que disimularlo – con un sinnúmero de argumentos. O que en algunos sitios públicos – tanto estatales como privados – se niega la entrada a algunas personas a sus establecimientos de forma selectiva, alegando su sobre-la-ley “derecho de admisión” para no convertir sus negocios en “sitios gays”.

Es lamentable también que no hay reconocimiento público sobre este tipo de violaciones en nuestros triunfalistas medios de propaganda, que se dedican a alabar los éxitos de la implementación del eufemístico “trabajo por cuenta propia” y las “cooperativas no agropecuarias” y a casi nadie se le ocurre indagar al respecto. 

Hasta las autoridades del país reconocen la falta de educación jurídica que tiene la población cubana, acostumbrada por décadas a que todo le era garantizado “por ley”. Pero los tiempos han cambiado y se hace necesario que los organismos estatales responsabilizados con la aplicación de las leyes – fundamentalmente el Ministerio de Justicia, organismo responsable de la ejecución y control de la política jurídica del país, según dice en su sitio web – tome en serio estas realidades. 

Sus funcionarios y funcionarias tendrán que hacer un arduo trabajo para educar a la población en sus derechos, además de sus deberes. Y flexibilizar los mecanismos de denuncia de la población ante las violaciones, que pudiera ser con la creación de una “Defensoría del Pueblo”, alejada de los rígidos mandatos jurídicos de la Fiscalía – que no puede ser juez y parte – y que reporte públicamente de su gestión. 

Eso es si se quieren preservar en la práctica las conquistas de la Revolución… y no solo se queden en los papeles.

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